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VACACIONES

  • Foto del escritor: Derecho de tu lado
    Derecho de tu lado
  • 9 ene 2019
  • 1 Min. de lectura

Qué tenes que saber acerca de las vacaciones


Lo primero a tener en cuenta es la antigüedad en tu trabajo:

14 días corridos cuando la antigüedad no exceda de cinco años.

21 días corridos cuando la antigüedad es mayor de cinco años y menor de diez años.

28 días corridos cuando la antigüedad es mayor de diez años y menor de veinte años.

35 días corridos cuando la antigüedad es mayor de veinte 20 años.


Para poder aplicar a los 14 días de vacaciones, deberás haber trabajado al menos seis meses, al día 31 de diciembre.

En el caso de que lleves menos de seis meses, podrás gozar de un día de descanso por cada veinte días efectivamente trabajados.



Las vacaciones pueden tomarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Y se piden de forma escrita al menos 45 días antes del primer día que quieras tomarte. Si éste es el caso, podrías pedir que el dinero te sea adelantado.


Cómo se calculan?


Vamos a explicarlo con un ejemplo:

Si tu sueldo mensual es de 10.000 pesos y tenes 5 años de antigüedad el calculo será:

10.000 / 25 = 400 pesos por día. En total, para tus 14 días de vacaciones, tu remuneración será de 5.600 pesos.


Todo esto siempre dependerá del convenio colectivo que uno tenga, ya que éstos pueden mejorar las condiciones de la ley.



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